El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha concluido este jueves que los Tribunales belgas no pueden denegar la ejecución de las euroórdenes emitidas por el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena contra los encausados por el 'procés' basándose en el riesgo de que se violen sus derechos fundamentales si no demuestra deficiencias sistémicas y generalizadas en España, ni pueden poder en duda las competencias del Supremo como autoridad para emitir estas órdenes.
La opinión del Abogado General no es vinculante para el TJUE pero en la gran mayoría de los casos las sentencias dictadas por la Justicia europea siguen la línea marcada por estos dictámenes.
Llarena acudió a la Justicia europea para aclarar tanto el alcance de la emisión de las Órdenes Europeas de Detención y Entrega (OEDE) emitidas por el Tribunal Supremo contra varios encausados por su papel en el 'Procés', entre ellos el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, como las razones para denegar la ejecución de tales euroórdenes.
El magistrado del Tribunal Supremo dirigió la cuestión prejudicial al TJUE en marzo de 2021 después de que la Justicia belga rechazara entregar a las autoridades españolas al exconseller Lluis Puig, al considerar que el tribunal competente para reclamar su extradición debería ser el catalán y que de ser entregado en España podrían ponerse en riesgo derechos fundamentales como la presunción de inocencia.
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