El Juzgado de lo Penal número 5 de Almería ha condenado a tres años y un día de prisión a un hombre por cultivar 555 plantas de marihuana en la capital almeriense.
La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, señala que gracias a la investigación llevada a cabo por la Policía Nacional se tuvo conocimiento de la posible existencia de una plantación de marihuana instalada en dos viviendas contiguas de Almería.
En el primer inmueble residían el condenado M.D. junto a su pareja, el hijo de ambos, la hija de ella y la hija del acusado con esta última. Todos ellos fueron detenidos por la Policía Nacional y acusados por la Fiscalía, si bien sólo ha quedado acreditada la participación en los hechos de M.D.
El 20 de mayo del año pasado se llevó a cabo un registro en ambos domicilios, siendo localizadas en el primero 162 plantas de marihuana en la cochera; cuatro tabletas de hachís y tres bolsas de cogollos de marihuana; además de aparatos de aire acondicionado, ventiladores y un enganche ilegal.
En la segunda vivienda fueron intervenidas 393 plantas de marihuana, 17 tabletas de hachís, una bolsa de polen de hachís, focos, aparatos de aire acondicionado, ventiladores y dos básculas; y fue encontrado un segundo enganche ilegal a la red eléctrica.
Según el fallo, era únicamente M.D. el que "poseía, cultivaba y cuidaba" estas sustancias que "pensaba destinar a posteriores actos de ventas a terceros" y que han sido valoradas en 37.089,29 euros.
Asimismo, se ha tasado en 5.269,67 euros el perjuicio causado a Endesa con los enganches de estos inmuebles.
La juez señala que el resto de detenidos tenían trabajos diferentes y que el inmueble con mayor cantidad de droga, propiedad de la pareja de M.D., se encontraba abandonado y cerrado, por lo que éste manifestó que "ninguno de ellos tenía conocimiento" de lo que había en su interior.
En este sentido, el condenado añadió que su familia no había participado con él "de ninguna manera", sino que lo ayudaba un amigo, y que era la primera vez que cultivaba porque lo habían "convencido" para pagar unas deudas de su negocio.
Con todo, la juez afirma que el conocimiento de los otros detenidos "no constituye una activa participación en el delito, dado que conocer no es actuar", y recuerda que los familiares están exentos de la obligación de denunciar.
De esta forma, condena a M.D. a tres años y un día de prisión y al pago de una multa de 40.000 euros por un delito contra la salud pública; así como a 540 euros de multa por un delito leve de defraudación eléctrica, y al pago de una indemnización de 5.269,67 euros a Endesa. El resto de acusados han sido absueltos.
Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es