La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla ha tomado este martes declaración como testigos a los exconsejeros socialistas de Empleo José Antonio Viera y Antonio Fernández, en el marco del juicio promovido sobre las ayudas autonómicas a empresas vinculadas al sector del corcho, como Corchos y Tapones de Andalucía (Cortansa), Corchos de Cazalla, Servicios y Mantenimiento de Cazalla, Enoworld y Corchos Higuera, con cargo a la partida presupuestaria 31L de la Junta de Andalucía, con la que eran sufragados los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos y subvenciones arbitrarias y sin publicidad.
Los citados exconsejeros fueron excluidos de este juicio, recordémoslo, merced al principio "non bis in ídem", según el cual una persona no puede ser juzgada dos veces por los mismos hechos, toda vez que ambos figuran ya como condenados en la sentencia de la Audiencia de Sevilla sobre el "procedimiento específico" mediante el cual eran canalizados los fondos de la partida presupuestaria 31 de la Junta de Andalucía.
En esa pieza, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla condenó a 19 de los 21 ex altos cargos socialistas de la Junta de Andalucía juzgados, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán y los mencionados exconsejeros.
Precisamente por ello, el presidente del tribunal, el magistrado Carlos Lledó, les ha recordado que su comparecencia como testigos en este juicio les ponía en una "situación peculiar" dada la posibilidad de afrontar preguntas que pudiesen afectar a su condición en otros procedimientos judiciales relacionados con este, extremo por el cual ambos han declarado asistidos de sus respectivos abogados.
PODÍAN NEGARSE A CONTESTAR
En cualquier caso, el presidente del tribunal les ha recordado su obligación de decir la verdad a las preguntas que contestasen, así como su derecho a no contestar aquellas preguntas que considerasen que pudiesen afectar a su condición en otros procedimientos judiciales relacionados con este.
Así las cosas, y en el ámbito general de los fondos librados con cargo a la partida presupuestaria 31L de los presupuestos de la Junta de Andalucía, Viera ha expuesto a la fiscal del juicio que "no existía una convocatoria específica" de estas ayudas, sino que la Administración actuaba "a demanda" bajo la premisa de que estas medidas estaban incluidas en el acuerdo de concertación social firmado entre la Junta, la patronal y los sindicatos.
Antonio Fernández, de su lado, ha corroborado que "no se publicaron bases" de las ayudas en ningún "boletín oficial", esgrimiendo igualmente que para ello mediaba el citado acuerdo de concertación social y la memoria anual de los presupuestos de la Junta de Andalucía, donde figuraban los programas de apoyo económico al mantenimiento de la actividad empresarial a los que podían acogerse las entidades. Había, a su entender, "normativa suficiente" para orquestar debidamente estas subvenciones.
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