El Consejo Consultivo de Andalucía (CCA) ha dictaminado que la Junta debe indemnizar con cerca de 56.000 euros a la familia de un anciano que murió en 2016 al caer a un pozo sin señalizar ubicado en monte público en Santiesteban (Jaén).
Este órgano consultivo, con sede en Granada, ha emitido un informe en el que estima de manera parcial la reclamación de la familia del fallecido, que solicitó a la Junta una indemnización de casi 280.000 euros.
Los hechos se remontan al 18 de diciembre de 2016 cuando la víctima y su hermano estaban en un paraje de Santiesteban (Jaén), una zona de monte titularidad de la Junta ubicada a unos 175 metros de un camino público a la que habían acudido para recoger setas, hasta que el fallecido cayó al interior de un pozo y murió.
El Consultivo ha actuado tras cuatro años sin respuesta de la Junta, lo que según el dictamen al que ha tenido acceso EFE margina el principio de eficacia.
El dictamen contempla que la víctima murió al caer a un pozo situado en la finca pública en la que no existe ningún cercado que impida el acceso.
El pozo, de un diámetro aproximado de 2,5 metros y con agua en su interior, se encontraba en el momento del siniestro a ras del suelo, sin ningún brocal por encima, no disponía de ningún cartel que advirtiese de su existencia ni de cercado de protección.
En cuanto a su visibilidad, tenía matorral y días después del accidente fue rodeado por una valla para evitar el acceso o caída.
Según la delegación de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de Jaén, en la zona no hay restricciones sobre el aprovechamiento en la recolección de setas, por lo que tampoco era necesario que los hermanos tuvieran permiso alguno para estar allí.
El dictamen ha apuntado la "evidente indiligencia" de la Junta en el accidente, ya que no era necesaria ninguna maniobra extraña para llegar o caer en el pozo, por lo que la inseguridad era "más que evidente" ante un diámetro que facilitaba la caída.
El Consejo Consultivo ha añadido además que la acreditada falta de medidas de seguridad que debió adoptar la Junta como titular del terreno permiten calificarlas como factor que genera riesgo.
A juicio del CCA, en este caso se unen la falta de diligencia exigible a la víctima, que no adoptó atención a las circunstancias del lugar, y la omisión de las medidas precautorias de la Junta.
Con estos dos datos, ha estimado de manera parcial la reclamación de la familia, aunque solo por un 20 % de la cuantía solicitada.
En este dictamen se ha producido el voto particular discrepante de Juan Gorelli y Antonio Dorado, al que se ha adherido el consejero Ángel Rodríguez, que han defendido que la Junta no es responsable en ningún grado de la muerte del anciano ya que, aunque el pozo estaba en terreno público, correspondía a una antigua explotación minera.
Estos consejeros han mantenido que no fue la falta de señalización lo que produjo el accidente mortal sino la conducta de la víctima unida a las características del terreno.
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