El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Jaén ha aceptado la medida cautelar solicitada por el grupo municipal de Ciudadanos (Cs)en el Ayuntamiento de Linares(Jaén) de dejar sin efecto la diligencia municipal por la cual se convocaba para este viernes, 11 de marzo, el pleno para votar la moción de censura registrada el pasado 24 de febrero contra el alcalde, Luis Caro-Accino (Cs), y que iba avalada por las firmas de PSOE, Izquierda Unida y CILU.
El auto judicial, al que ha tenido acceso Europa Press, establece que la decisión de aceptar la medida cautelar se basa en el informe "claro y contundente" del secretario general del Ayuntamiento de Linares que hace referencia a "las circunstancias especiales" en que se encuentran dos concejales del PSOE --Daniel Campos y Javier Palacios-- y que "pudieran afectar a la condición y al ejercicio del derecho del voto y por ende, a la validez de la votación y acuerdo resultado de la moción de censura".
Por ello, el titular del juzgado acepta la medida cautelar de suspensión del pleno solicitada judicialmente por Noelia Justicia y María Teresa López como portavoz y viceportavoz del Grupo de Cs en el Consistorio linarense.
En virtud de este auto, el secretario general del Ayuntamiento de Linares ya ha remitido a todos los concejales de la Corporación la circular en la que se deja sin efecto la convocatoria del pleno previsto para este viernes a las 12,00 horas y en el que se iba a votar la moción de censura contra el alcalde Luis Caro-Accino.
FACTURAS E INCOMPATIBILIDADES
El informe del secretario general del Ayuntamiento que ha servido de base al juez para acordar la medida cautelar de suspensión del pleno, refleja en lo que respecta a Javier Palacios, actual portavoz del PSOE en el consistorio linarense, que el Ayuntamiento ha abonado a su farmacia 4.600 euros a través de seis facturas por la adquisición de diferentes suministros.
En concreto, las seis facturas, corresponden a los años 2020 y 2022, y responden al suministro de test de antígenos, mascarillas, alcohol y gel hidroalcohólico.
El informe de la Secretaria General del Ayuntamiento establece que la existencia de estas facturas y de los cobros correspondientes afectan al estatus jurídico de Javier Palacios y al régimen de incompatibilidad ya que la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General "establece como causa de incompatibilidad con el cargo de concejal el ser contratista o subcontratista de
contratos, cuya financiación total o parcial corra a cargo de la Corporación municipal o de establecimientos de ella dependientes".
Para la Secretaría General del Ayuntamiento "existe una relación contractual con el concejal Don Francisco Javier Palacios Fernández, tal y como se recoge en los documentos remitidos por la Tesorería municipal y las facturas presentadas en este Ayuntamiento que todas son emitidas por el referido concejal".
En lo que respecta al concejal socialista Daniel Campos, Cs ha puesto también a disposición del Juzgado la sentencia de marzo de 2021 en la que se le condenaba por un delito electoral a seis meses de cárcel, al pago de una multa de 1.080 euros y a la privación del derecho de sufragio pasivo durante los seis meses de la condena. Para Cs, antes de que vote en el pleno habría que conocer si dicha sentencia se ha ejecutado y si afectaría de alguna manera al resultado de la votación.
El titular del Juzgado de lo Contencioso Administrativo establece que "será en los autos principales donde se resolverán las cuestiones de fondo, una vez que se conozcan todas las circunstancias que rodean a los concejales señor Campos López y señor Palacios Fernández".
En los fundamentos de su decisión, se pone de manifiesto la necesidad de que se lleven a cabo, las actuaciones necesarias que permitan estudiar y resolver las cuestiones de fondo sobre estos dos concejales socialistas.
La portavoz municipal de Cs, Noelia Justicia, ha indicado en un comunicado que la moción de censura presentada por PSOE, IU y CILU responde a "una propuesta impulsada únicamente por la codicia política de unos cuantos, que no han tenido en cuenta en ningún momento los intereses de la ciudad de Linares".
Justicia ha indicado que desde Cs se va a "velar hasta el último momento para que se cumpla la ley y para que prevalezca la voluntad popular por encima de cualquier estrategia política, no vamos a consentir que Linares se convierta en el patio de juegos del PSOE".
La decisión del juez de lo Contencioso Administrativo de Jaén de dejar sin efecto la convocatoria de pleno es recurrible ante el Tribunal superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en el plazo de 15 días.
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