Facua-Consumidores en Acción advierte de que los usuarios tienen derecho al rembolso del precio de los servicios que no puedan disfrutar debido a contagios o contactos estrechos con afectados por la covid-19 que les obliguen a pasar cuarentena.
En un comunicado, la asociación recuerda que el Real Decreto Ley 11/2020 habilita a los consumidores a resolver "durante un plazo de 14 días" aquellos contratos -ya sean de compraventa de bienes o de prestación de servicios- que sean imposibles de cumplir como consecuencia de las medidas que adopten las autoridades.
Este plazo de resolución cuenta desde "la imposible ejecución del mismo siempre que se mantenga la vigencia de las medidas adoptadas que hayan motivado la imposibilidad de su cumplimiento", recuerda Facua.
En este sentido, los usuarios tendrían derecho a la devolución del importe íntegro de los servicios contratados, como viajes, hoteles, paquetes turísticos, asistencia a eventos o espectáculos que no hayan podido disfrutar.
Esto sería en caso de que los diferentes gobiernos autonómicos adopten nuevas medidas de restricción a la movilidad o limitaciones y su cumplimiento, por tanto, resulte imposible.
Facua señala, además, que en el caso de usuarios cuya movilidad quede restringida una vez se encuentran en un lugar turístico de destino se abren dos posibles situaciones.
En primer lugar, aquellos que puedan regresar a su lugar habitual de residencia tienen derecho a recuperar el dinero de hoteles, excursiones turísticas, etcétera, de los días que no hayan podido disfrutar.
En el caso de que los viajeros no hayan podido regresar y tengan que prorrogar su estancia en el lugar de destino más allá de las fechas contratadas, Facua entiende que la administración -estatal o autonómica- debería hacerse cargo de su manutención y hospedaje mientras se vean impedidos poder retornar a sus domicilios.
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