Andalucía

Casi el 67% de las entidades locales no han remitido la Cuenta General 2019

De los 785 ayuntamientos andaluces sólo han rendido sus cuentas en el plazo legal (antes del 22 de enero de 2021) 268, es decir el 34,14 por ciento

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  • Cámara de Cuentas de Andalucía -

El 66,93 por ciento de las entidades locales de Andalucía, lo que supone 597 de las 892 existentes, no remitieron la Cuenta General del ejercicio del 2019 a la Cámara de Cuentas de Andalucía en el plazo legal establecido, según un informe difundido este miércoles por dicha institución.

Por su parte, de los 785 ayuntamientos andaluces sólo han rendido sus cuentas en el plazo legal (antes del 22 de enero de 2021) 268, es decir el 34,14 por ciento.

Los ayuntamientos con población superior a 50.000 habitantes que no han rendido sus cuentas en el citado plazo son 24: Benalmádena, Cádiz, Chiclana de la Frontera, Córdoba, El Puerto de Santa María, Estepona, Fuengirola, Granada, Huelva, Jaén, Jerez de la Frontera, La Línea de la Concepción, Linares, Málaga, Marbella, Mijas, Motril, Roquetas de Mar, San Fernando, Sanlúcar de Barrameda, Sevilla, Torremolinos, Utrera y Vélez-Málaga.

En cuanto a las diputaciones provinciales, sólo Huelva, Granada y Jaén, han rendido sus cuentas antes del 22 de enero del 2021.

Asimismo, destaca el bajo nivel de rendición alcanzado por las provincias de Málaga, Cádiz y Huelva, donde sólo rinden sus cuentas el 23,3 %, 26,67 % y 28,75 % de los municipios, respectivamente, y especialmente en los ayuntamientos de mayor población.

Por el contrario, la provincia de Jaén es la que presenta los niveles más altos de rendición.

Ante los citados incumplimientos, el Tribunal de Cuentas aprobó la formulación de requerimientos conminatorios a los alcaldes de 22 ayuntamientos andaluces y a la Diputación de Cádiz para que procedieran a rendir las Cuentas Generales correspondientes a los ejercicios 2013 a 2016, que, a dicha fecha, se encontrasen pendientes.

Con posterioridad, el pleno del Tribunal de Cuentas acordó imponer multas coercitivas en los términos previstos en la Ley 7/1988 de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas a los alcaldes de ocho ayuntamientos que seguían sin atender en su totalidad los requerimientos conminatorios efectuados.

Al cierre de los trabajos de campo (7 de mayo de 2021), a excepción del Prado del Rey, los ayuntamientos de Algodonales, Arcos de la Frontera, El Puerto de Santa María, Puerto Real, Almuñécar, Vélez Málaga y Mairena del Alcor siguen sin remitir algunas de las cuentas del periodo 2015-2019.

La principal incidencia detectada en la revisión de la documentación de tesorería está motivada por la no inclusión de los certificados de todas las cuentas integradas en el acta de arqueo (43,86 % de las entidades revisadas).

Se constatan también problemas de identificación del titular de la cuenta en los documentos acreditativos del saldo bancario, (15,78 % de las entidades), así como problemas para identificar de manera correcta en el acta de arqueo las distintas cuentas bancarias (15,44 % de las entidades revisadas).

Entre otras recomendaciones, la Cámara de Cuentas ha acordado instar a los órganos competentes de las administraciones estatal y autonómica a reforzar la capacidad y la suficiencia de recursos y de medios cualificados de las intervenciones locales para el ejercicio de sus funciones de control interno de la actividad económico-financiera y presupuestaria de las entidades locales.

También propone llevar a cabo las reformas normativas oportunas para condicionar la percepción de subvenciones, ayudas o transferencias de otras administraciones públicas a favor de las entidades locales a la efectiva rendición de la Cuenta General.

Asimismo, apunta la posibilidad de habilitar a la Cámara de Cuentas de Andalucía, mediante las modificaciones legislativas pertinentes, para la imposición de multas coercitivas, como ocurre en otras comunidades autónomas, y fortalecer la asistencia y el asesoramiento a los municipios, especialmente a los de menos de 5.000 habitantes, por parte de las diputaciones provinciales.

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