Andalucía

La defensa de Roca pide su absolución en el caso 'Saqueo I'

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  • Apoya la reclamación en la contradicción de datos y en la disparidad de criterios

El abogado defensor del ex asesor de Urbanismo del Ayuntamiento de Marbella (Málaga) y gerente de la sociedad municipal Planeamiento 2000, Juan Antonio Roca, en el caso Saqueo, pidió ayer en la lectura de su informe de conclusiones la "inmediata" puesta en libertad para éste tan pronto como se dicte la sentencia, basándose en las contradicciones "importantes" de datos y la "disparidad de criterios" utilizadas por las acusaciones.

 

Durante la duodécima sesión del juicio oral que se celebra ante la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, la defensa de Roca, ejercida por Emilio Fernández Hermosa, mantuvo que el informe fiscal no explica las diferencias de los datos que publica el diario El Mundo y los informes de los técnicos de la Agencia Tributaria. Al respecto se refirió a la disparidad de las seis cantidades que presuntamente se desviaron manejadas en la causa, comprendidas entre más de 3.315 y más de 6.005 millones de pesetas.

 

"Ante tanto número nos da la impresión de que las acusaciones han intentado completar un puzzle, en ocasiones, con piezas de diversas cajas intentando encajar sin resultado", señaló el abogado, que se preguntó con retórica "a quien debemos creer, al Tribunal de Cuentas que examina de forma exhaustiva y no detecta irregularidades" o a los  periodistas "que sin ninguna cualificación fiscal o tributaria nos aportan fotocopias sin cotejar o a los peritos de la Agencia Tributaria, que elaboran informe no judicial e incompleto y que reconocen que no han examinado libros de contabilidad porque según ellos no existían".

 

En este sentido, el abogado reiteró la petición de una condena absolutoria para su defendido -la Fiscalía Anticorrupción pide ocho años por el delito continuado de malversación de caudales públicos y dos más por el de falsedad documental- pero subsidiariamente demandó que en caso de ser condenado, la pena sea de un año de prisión e inhabilitación de dos años y seis meses por el primero de los delitos y de seis meses de cárcel y multa de 360 euros, a razón de dos euros diarios durante seis meses, por el segundo.

 

En su informe de conclusiones, Fernández Hermosa también defendió la inactividad de las empresas que Roca adquirió para supuestamente ponerlas a disposición del entramado que permitía la malversación, Contratas Peninsulares, Contratas El Plantío, Canteras Nasok y Dintak. Al respecto, indicó que fue advertido, bajo amenaza de querella, por los anteriores propietarios de éstas para que no las usara.

 

"Además, dicen que giraron supuestas facturas pero las sociedades no giraron nada, no existen facturas, no hay constancia de ningún cobro hecho", añadió el letrado, quien también negó que existiera una "conexión entre Roca y Castel, como proclaman las acusaciones".

 

Sin voluntad de esclarecer

 

Por su parte, para la defensa de Purificación Notario, viuda del que fuera colaborador del ex alcalde de Marbella Jesús Gil, José Luis Jiménez, este proceso judicial no ha tenido "voluntad de esclarecer" todas las irregularidades cometidas en el Ayuntamiento de Marbella y sus sociedades municipales entre los años 1991 y 1995. Según su informe, si realmente se pretendiera determinar los posibles delitos, se habrían cruzados los datos de todos los años y no se habrían analizado año por año.

 

Este abogado pidió para Notario -a quien la Fiscalía Anticorrupción ve como "cooperadora necesaria" y para la que pide ocho años de cárcel por delito de malversación- la absolución. La defensa mantuvo que "Notario no ha tenido ni arte ni parte" en la cuenta bancaria abierta con su nombre que supuestamente fue utilizada para el desvío de fondos públicos. "No existe ni un solo dato objetivo que le pueda poner en relación con esa cuenta porque en su vida ha extendido un cheque ni tan si quiera sabe extenderlo", añadió.

 

Sentencias absolutorias

 

Por su parte, el abogado del empleado Eduardo Gonzálvez pidió la sentencia absolutoria para su defendido -para el que la fiscal Belén Suárez pide ocho años por malversación y dos más por falsedad documental- al mantener que las acusaciones contra su defendido son "arbitrarias y discriminatorias" pues, a pesar de que éste hacía las mismas tareas que el resto de sus compañeros, ninguno de éstos ha sido imputado.

 

"Son todos igual de inocentes que Gonzálvez", señaló el letrado, que destacó que Gonzálvez no fue "un alto cargo, ni si quiera medio", sino un "asalariado". "No consta que tuviera potestad para decidir", ni era un "cargo de confianza" de los que sí eran jefes, "ni participó en la creación de las sociedades municipales", añadió.

 

En su informe de conclusiones, señala que la acusación del Ministerio Fiscal es "huérfana de prueba alguna" y recoge que, a pesar de que éste no ha modificado expresamente las conclusiones provisionales en su informe, en el fondo, sí lo ha hecho porque "de autor ha pasado a ser cooperador necesario, a acusado por omisión", en alusión a que el informe de la fiscal dice que la implicación de Gonzálvez se basó en el "no hacer", es decir en que no hizo nada para impedir la comisión del delito.

 

En la misma línea, mantuvo que se ha modificado la responsabilidad de Gonzálvez al no ser considerado por la fiscal como uno de los "acusados principales" que sí son Roca, Sierra y Castel. Además, recordó que la acusación particular ha retirado los cargos contra su defendido e indicó que la muerte de Gil y Jiménez ha causado al contable la "indefensión" en su acusación porque "si esto estuvieran vivos habrían dado explicaciones que mi defendido no ha podido dar por desconocimiento y habrían podido aclarar su nula intervención".

 


La defensa del otro de los empleados imputado, Francisco Javier Herrera, hizo suyos los argumentos de la de Gonzálvez y defendió que "no hay prueba que pueda sustentar una sentencia condenatoria" a ocho años de cárcel por el delito de falsedad en documento, como pide la fiscal, por lo que pidió la absolución para éste.

 


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