Avalado un despido municipal: el Ayuntamiento no soportaba su deuda

El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA)

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El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que, en 2014, confirmaba ya un fallo del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla que declaraba procedente el despido de una auxiliar administrativa a manos del Ayuntamiento de Burguillos, debido a que el mismo no podía "soportar una deuda" de casi 1,5 millones de euros.

La sentencia del Supremo, fechada el 11 de mayo y a la que ha tenido acceso Europa Press, desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina por parte de la trabajadora despedida contra la resolución del TSJA y frente a la del Juzgado de lo Social Número dos de Sevilla.

Los hechos ocurrieron en agosto de 2011, después de desembarcar en la Alcaldía el popular Domingo Delgado, cuando el Consistorio comunicó a la trabajadora la extinción de su contrato de auxiliar administrativo por la situación económica de la corporación municipal y el "sobredimensionamiento" de la plantilla.

De este modo, la mujer impuso una demanda ante el Juzgado de lo Social, que declaró la procedencia del despido con la "causa objetiva" de que quedaba acreditado que un ayuntamiento con 5.781 habitantes no podía "soportar una deuda de 1.454.167 euros". Más tarde, la trabajadora recurrió al TSJA, el cual confirmó la sentencia de instancia.

La trabajadora había interpuesto el recurso de casación por unificación de doctrina aludiendo a un caso similar, al cual el Tribunal Supremo ha declarado su inadmisión. "La narración histórica es prolija en detallar los extremos que acreditan la concurrencia de la causa económica invocada por la demandada y la conexión con la misma de la medida extintiva acordada", zanja el TS.

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