Patio de monipodio

In-Fiabilidad

O sea: falibilidad. Fallan. Fallan las comisiones. Fallan al valorar la “productividad”...

O sea: falibilidad. Fallan. Fallan las comisiones. Fallan al valorar la “productividad”. Falla la gobernación. Y fallan los radares. Hay que empezar al revés ¿qué es lo que no falla en esta feria de la arbitrariedad? O… tal vez es coherencia. Si la Justicia funciona “comodiosdaaentender”, no puede extrañar que el resto marche como marcha. Si las leyes están hechas para ser cumplidas sólo por la “plebe”, si una señora diputada puede saltarse las reglas, si… veamos: ¿con qué autoridad (moral) puede Tráfico sancionar a unos por lo que permite a otros? Si estas autoridades se desautorizan a sí mismas llamando “productividad” al número de sanciones impuestas cada mes, en vez de al número de servicios ¿Qué se puede esperar de quienes deberían estar, también, para ayudar al automovilista? Porque ante una avería, lo lógico no debería ser reñir y amenazar con denunciar “por tener el coche mal estacionado”. ¿O sí?

La autoridad pierde autoridad cuando el control de una situación es sustituido por el afán de lucro, cuando se busca la sanción como medio de engrosar los presupuestos. Cuando las administraciones “meten la mano en el bolsillo” del sufrido ciudadano (léase cuenta bancaria) sin importarle lo más mínimo dejarlo sin medios para pagar la luz, el teléfono, la hipoteca o el alquiler y la comida; pues la gente se conforma con menos, pero, por más que la auto-desautorizada autoridad lo intente no se acostumbra a vivir sin comer aunque sea algo. Pues, “como éramos pocos…” ahora se demuestra que los radares no funcionan debidamente. O están mal programados. En definitiva: no marcan la verdad. Y la razón es muy simple: en vez de deducir el 7% obligatorio sobre la velocidad recogida por la maquinita, los programan para que salten cuando la velocidad es un 7% superior a la permitida. Pero si alguien supera los 107km/h en carreteras ó los 128 en autovía, se le impone una sanción superior a la falta, dado que no se le aplica la reducción, que dejaría los 130 (por ejemplo) en 120’9.

El ajuste es legal, es necesario. Es obligatorio porque es legal y porque los radares no miden la velocidad exacta. Y no se puede castigar a nadie por una falta –o parte de ella- no cometida. Se puede; lo hacen, pero no se debe. Pero para eso está la táctica amoral de “Saló”: hacer leyes “para la plebe” al gusto y medida de quien las dicta. Dicho sea con toda propiedad lo de “dictar”. Y es que los radares no son fiables. Y «Admitir lo contrario supondría que las multas impuestas a un vehículo matriculado en un estado miembro de la Unión Europea distinto a España sí se le aplicaría el margen de error previsto reglamentariamente y sin embargo a los vehículos matriculados en nuestro país por las infracciones cometidas en España no sería aplicable dicho margen, lo cual provocaría una vulneración del derecho a la igualdad previsto en el art. 2 del Tratado de la Unión Europea».

Esta sentencia es una de las que ratifica la obligatoriedad de ajustar los radares a la directiva comunitaria 2015/413, pues lo contrario vulnera el derecho y el principio de igualdad. ¿O es que sólo interesan las directivas comunitarias cuando exigen “moderación salarial” y brear a la gente a fuerza de impuestos?

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