Jerez

Dos de cada diez personas se ven obligadas a renunciar a su herencia

En 2014 rechazaron el legado que les pertenecía 1.028 personas en la provincia, lo que supone el 17,19% del total andaluz, lo que nos sitúa a la cabeza de Andalucía, una muestra más del impacto de la crisis

Publicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai

Hay herencias que suponen un respiro para muchas familias, y otras que pueden convertirse en un caramelo envenenado y éstas, como consecuencia de la crisis, cada vez son más. La prueba es que cada vez hay más familias en la provincia que optan por renunciar a la misma. ¿Por qué? La razón es sencilla, en muchos casos no sale a cuenta recibir nada y es preferible renunciar a la totalidad de la herencia con tal de no hacer frente a las deudas del difunto.  Las cifras de los procesos de renuncia de herencias en la provincia hablan por sí solas. Desde 2007 hasta diciembre del año pasado se han incrementado en un 74,5%. Cuando se habla de herencias enseguida se piensa en las grandes fortunas. Pero no, este problema está afectado de lleno a la gran clase media (que cada vez tiene menos de grande y éste precisamente es un motivo más).
En 2014 hubo 5.977 renuncias a herencias en Andalucía y 1.028 correspondieron a la provincia de Cádiz. Eso supone un 17,19% del conjunto andaluz, lo que viene a confirmar, junto con otros indicadores, que la crisis económica ha golpeado especialmente a esta provincia.
En 2007, las renuncias en Andalucía fueron 1.417, por lo que en menos de una década esta opción se ha visto incrementada en un 24%.
Una vez más la provincia asoma por encima del resto de las provincias andaluzas. Porque se trata de un todo o nada, de un toma o lo dejas. El heredero no puede quedarse sólo con el beneficio y renunciar a la deuda, si se acepta, se acepta con todas las consecuencias, y si se rechaza, igual.

Responsabilidad
Que haya herederos es el modo de asegurar que si el propietario de un patrimonio tiene deudas pendientes, alguien se haga responsable de ellas cuando fallece. Ante esto, está la opción de renuniar a la herencia. Si tantas familias están renunciando a heredar en la provincia de Cádiz es porque fallecen otras tantas personas que dejan atrás una situación desequilibrada en favor de los acreedores.
Según el notario gaditano y delegado de la junta directiva del Colegio Notarial, José Ramón Castro Reina, la renuncia a las herencias se está percibiendo en todas las escalas de la sociedad. Los casos más habituales que se están produciendo en los últimos años están relacionados con personas que tenían una pequeña empresa que con la crisis se vino abajo, padres avalistas de los pisos de sus hijos que tuvieron que seguir haciendo frente al pago de la hipoteca o incluso padres que no han terminado de pagar su hipoteca y la han legado a los hijos. En todos estos casos, si la cantidad a recibir es menor a la deuda pendiente, los herederos optan por renunciar a la totalidad de lo que les pertenece.
Casi todos los descendientes son conscientes de la realidad económica del fallecido, pero en el caso de que no se tenga conciencia de la situación real, los afectados se pueden acoger a la figura de la aceptación a beneficio de inventario, que permite sortear el riesgo de una herencia envenenada. El beneficiario acepta con la condición de que el activo sea superior al pasivo. De ese modo, no se hará cargo de las deudas más que hasta donde cubran los bienes de la herencia. La responsabilidad queda así limitada y el heredero en ningún caso responde con sus bienes a las deudas de la herencia. Castro Reina cree que será la figura a la que más se tienda en los próximos años.
El coste fiscal de la herencia es otro motivo de renuncia. Pero eso sólo afecta en Andalucía a quienes heredan un patrimonio que supere los 175.000 euros, siempre y cuando no tenga previamente un patrimonio que supere los 402.000 euros. En caso de que se hereden más de 175.000 el porcentaje a pagar por el Impuesto de Sucesiones varía en función del valor de lo que se hereda, el parentesco entre el fallecido y el heredero y el patrimonio que tenga el beneficiario antes de recibir el legado.

Cómo pagar menos
A la hora de hacer frente al pago del Impuesto de Sucesiones existen maneras de rebajar la carga fiscal. Una de ellas es hacer una donación en vida.
Otra opción que proponen los expertos es repartir la herencia entre muchos parientes que sean cercanos (en la medida de lo posible hijos y nietos). El Impuesto de Sucesiones es un tributo progresivo, de tal manera que, cuanto más se recibe, más se paga. Por ello, se recomienda dividir la herencia, entre todos los beneficiarios posibles, siempre dentro de la ley. En este caso, puede ser recomendable utilizar el tercio de mejora tanto para que hereden los hijos como los nietos. Porque en ese tercio de la herencia, no sólo se pueden encuadrar los descendientes directos -como los hijos-, sino también los nietos, sin coste tributario adicional. 
Otra medida es contratar seguros de vida. Estos productos no están sujetos al tercio de legítima, es decir, no tiene por qué formar parte del tercio de la herencia que, obligatoriamente, debe ir a manos de los herederos legítimos.  Las primas recibidas por estos seguros sí que tributan en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, pero si se utilizan para atomizar el reparto de la herencia se conseguirá romper la progresividad del impuesto.
Según el Gobierno andaluz, las herencias inferiores a 175.000 euros no pagan el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Andalucía, siempre que el heredero no disponga de un patrimonio previo superior a los 402.000 euros. El número de declarantes por este tributo el pasado ejercicio fue de 261.890 personas, de los que un 11,1 por ciento tuvieron que tributar.
El 85,2 por ciento de las herencias declaradas en Andalucía se transmiten de padres a hijos y entre cónyuges o asimilados y sólo un 2,36 por ciento de estas ingresan el impuesto, según destacó el Gobierno andaluz. 
Los declarantes que asumen la mayor parte de la recaudación anual por este tributo son un reducido número de herederos que perciben patrimonios superiores al millón de euros, según los datos de la Junta. La propuesta ahora es reducir la carga impositiva para rentas medias y situaciones singulares bonificando el primer tramo de cien mil euros a transmisiones superiores a 175.000 euros.
Además introduce una bonificación completa en la tributación para hijos menores de 21 años.
También se bonifican las donaciones dinerarias de familiares directos para crear o ampliar empresas.

El Gobierno andaluz no quiere eliminar el impuesto por su impacto

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía rechazó en el mes de agosto la tramitación una proposición de Ley presentada por el PP sobre reducción del impuesto de Sucesión y Donaciones en Andalucía, porque el Gobierno andaluz entiende que esta medida reduciría los ingresos presupuestarios, produciendo “un reducido impacto social y un elevado impacto recaudatorio”.
En opinión del Gobierno andaluz no favorecería el principio de progresividad que debe inspirar el sistema tributario español y supondría la desaparición de un impuesto “directo, personal y progresivo”.
Por el contrario, el objetivo del Ejecutivo andaluz es garantizar un sistema tributario justo, en el que todos contribuyan en función de su capacidad económica.
El Consejo de Gobierno ha recordado que en el caso del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, lleva acordados desde 2002 diversos beneficios fiscales dirigidos a las rentas bajas y que el programa de Gobierno para la actual legislatura incluye medidas de reforma de este impuesto, “dirigidas a mejorar su equidad sin perder progresividad”.
Entre estas propuestas figura la rebaja o, en su caso, eliminación de la carga fiscal de esta figura tributaria para los patrimonios bajos y medios, y el mantenimiento de la tributación para los altos.
Las herencias inferiores a 175.000 euros no pagan el Impuesto en Andalucía y el número de declarantes el pasado ejercicio fue de 261.890 personas, de los que un 11,1  tuvieron que tributar.
El 85,2 por ciento de las herencias declaradas en Andalucía se transmiten de padres a hijos y entre cónyuges o asimilados.

Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN