Huelva

Asalariados de Huelva le ganan la batalla a Teletaxi ante Competencia

El Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía resuelve que la cooperativa cometió una infracción al retirar la emisora a los segundos conductores

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  • Parada de taxi en Huelva -
  • Teletaxi, responsable de limitar el servicio por solicitud telefónica a los segundos conductores
  • Multa de 40.250 euros, aunque la cooperativa va a presentar recurso en el TSJA
  • Los afectados estudian una posible denuncia por “daños y perjuicios”, por las pérdidas en casi cinco años

El enfrentamiento entre la cooperativa mayoritaria del taxi en la capital onubense y los socios con un segundo conductor se ha saldado en el segundo asalto con la victoria de los titulares con asalariados.

El inicio del conflicto se remonta a hace casi cinco años, cuando en octubre de 2012 la cooperativa Teletaxi (Gasauto) decidió retirar la emisora -para los servicios por la vía telefónica- al personal asalariado, de modo que sólo los titulares de la licencia podrían hacer uso de ese servicio de la cooperativa.

La polémica decisión, además de enrarecer el ambiente en el seno de la cooperativa, motivó que varios afectados acudieran a la vía judicial para pedir, en el Juzgado de lo Mercantil, impugnar las asambleas en las que se aprobó retirar la emisora a los vehículos de los socios cuando fueran conducidos por trabajadores asalariados y no por titulares de los mismos.

Ese primer asalto lo ganó la cooperativa. Pero los afectados no cejaron en el empeño y decidieron ir al quid de la cuestión, esto es, la restricción total del uso de la emisora de Teletaxi a todos los segundos conductores.

Para ello, dos socios de la cooperativa y un asalariado presentaron en noviembre de 2014 una denuncia ante el Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía por una supuesta conducta restrictiva de la oferta del servicio mediante la limitación del uso de los servicios de teletaxi de los conductores asalariados de los titulares de la licencia.

Tras más de dos años de espera, Competencia ha emitido al fin su resolución, a la que ha tenido acceso Viva Huelva y que con fecha de 8 de mayo de 2017 respalda a los demandantes.

Entre otras cuestiones, este ente de la Junta de Andalucía argumenta que la polémica medida de retirada de la emisora se habría tomado en un contexto de crisis económica del sector, pero “la crisis económica por la que pueda atravesar un sector económico, ya sea estructural o coyuntural, no puede ser excusa o motivo para la no sujeción de los operadores económicos a las normas de defensa de la competencia”.

También añade que “la limitación del acceso al servicio de teletaxi para los conductores asalariados o segundos conductores supone una intromisión de Gasauto en el ámbito de la autoorganización del servicio por parte de los titulares de las licencias, estableciendo un sistema de acceso restrictivo ilegítimo a la posibilidad de que los titulares puedan explotar su vehículo a través de los mencionados conductores”.

Competencia ahonda en este aspecto al señalar la “injerencia injustificada en la libertad de empresa del titular de la licencia del taxi que, siempre que la normativa aplicable no lo prohiba, puede decidir libremente la forma en la que desea organizar su negocio”.

Infracción de la ley
Por todo ello, el Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía declara “acreditada” la existencia de una infracción del artículo 1.1.b) de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia, y declara responsable de esa infracción a Gasauto, cooperativa a la que impone una sanción de 40.250 euros. Además, le da cuatro meses para modificar la normativa interna de retirada de la emisora a los asalariados.

Con esta resolución se pone fin a la vía administrativa, pero puede interponerse ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía un recurso contencioso-administrativo , algo que la cooperativa va a hacer, según ha asegurado a Viva Huelva su presidente, Andrés Lacén, pues entienden que hay “varios errores en el procedimiento”.

Por su parte, la parte demandante ha mostrado su “satisfacción”, pues “ha tardado, pero teníamos razón”. Por ello, tampoco descartan recurrir también a la vía judicial, pero en su caso para reclamar a la cooperativa “daños y perjuicios” por el dinero perdido en estos casi cinco años en que los segundos conductores no han podido usar la emisora.

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