El letrado informa

Entrada en vigor de del Reglamento Europeo de Protección de Datos

El ámbito de aplicación son todas aquellas empresas que guarden, traten, trabajen y tengan datos de carácter personal de cualquier ciudadano de la Unión Europea

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El Reglamento General de Protección de Datos entró en vigor el pasado viernes 25 de mayo de 2018. Es la nueva normativa sobre la protección de los datos personales a nivel europeo. Hasta la fecha, cada país tenía su legislación. Con ello se unifican los criterios sobre qué se considera dato personal y cómo debe protegerse. Es por ello por lo que puede que Usted haya recibido multitud de correos sobre este asunto.

El ámbito de aplicación de este Reglamento son todas aquellas empresas que guarden, traten, trabajen y tengan datos de carácter personal de cualquier ciudadano de la Unión Europea, independientemente del país donde operen.

Con este nuevo reglamento, a los ciudadanos se les amplían los derechos. Pueden solicitar que los datos personales incorrectos, inexactos o incompletos sean rectificados o que sean eliminados cuando sean innecesarios o si el tratamiento es ilícito; oponerse al tratamiento de los datos personales con fines de marketing o por motivos relacionados con nuestra situación particular o solicitar la limitación del tratamiento de nuestros datos personales en determinados casos. Así mismo, los ciudadanos comunitarios pueden recibir sus datos en un formato de lectura mecánica para poder enviarlos a otro responsable del tratamiento "portabilidad de datos".

Además se obliga a las empresas a informar de una manera más clara y sencilla sobre el uso y tratamiento que van a hacer de nuestros datos.

El consentimiento debe ser libre, informado, específico e inequívoco para que las empresas tengan autorización para tener y tratar los datos, esto es una novedad importante. El consentimiento no puede deducirse del silencio o de la pasividad de los ciudadanos.

Por tanto, tras la entrada en vigor, las empresas se verán obligadas a cumplir con sus exigencias. Los empresarios son los responsables de la custodia de la información que manejan de sus clientes y, ante el gran volumen de intercambio de información que realizan, deben estar preparados tanto desde el punto de vista técnico, como legal, ya que el reglamento contempla importantes sanciones. La directora de la Agencia de Protección de datos, ha asegurado que la Agencia Española va a tener tolerancia cero con las empresas que no se hayan adaptado. En caso de cualquier violación de los datos personales, el afectado está obligado a notificar, en un periodo no superior a 72 horas, las brechas de privacidad sufridas por la compañía a la AEPD y eventualmente a los afectados.

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