Campo de Gibraltar

El Supremo da la razón a los vecinos en la demanda del agua

Desestima el recurso presentado por la Junta,

Publicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
  • Sotogrande -

La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado  el recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía, la Mancomunidad de la Comarca del Campo de Gibraltar  y la mercantil Sotogrande S.A. contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de 23 de enero de 2014, “respecto a la Resolución de 5 de septiembre de 2011 de la Consejería de Hacienda y Administración  Pública por la que se desestimó el recurso de alzada presentado contra Resolución de 8 de abril de 2011 de la Dirección General de relaciones Financieras con las Corporaciones Locales, por la que se autorizaron tarifas de agua potable en el Centro de Interés Turístico nacional de Sotogrande (Cádiz) publicada en Boja nº 85 de 3 de mayo de 2011; y contra la Resolución de 10 de agosto de 2011, desestimatoria de la suspensión cautelar”. La sentencia, además, condena en costas a los recurrentes.
El concejal del Partido Independiente del Valle del Guadiaro, Jesús Mayoral, (PIVG) se mostraba muy satisfecho con el fallo judicial, que viene a dar la razón a la demanda presentada por la Entidad Urbanística de Conservación (EUC) Parques de Sotogrande y la Comunidad de Propietarios de Apartamentos Playa y Casas del Río del Puerto de Sotogrande: “En la práctica, esto quiere decir que desde mayo de 2011, las tarifas que  se deben aplicar son las que había a esa fecha y no las aprobadas con un incremento del 27%, por lo que se debe rebajar el precio en ese porcentaje y devolver a los vecinos  lo cobrado en exceso de estos cinco años”.
En la misma línea se pronunció Juan Carmona, uno de los abogados que ha llevado el caso de los usuarios, que indicó a VIVA que, aunque “de media, la subida de estas tarifas que ahora se han anulado está entre el 30 y el 40%”, dependiendo de los tramos de agua consumidos.

5.000 usuarios
Se trata, en definitiva, según Mayoral, de “una sentencia  del  Tribunal Supremo favorable a los vecinos de Sotogrande y Pueblo Nuevo de Guadiaro, anulando  las tarifas de agua solicitadas por la concesionaria , Sotogrande S.A. nada más cedida la competencia por el Ayuntamiento de San Roque gobernado por el PP a la Mancomunidad gobernada por el PSOE,  con el único voto en contra del PIVG”.
Indicó que espera “que la Mancomunidad y la Junta de Andalucía  acaten la sentencia  del Tribunal Supremo y no participen ya en otras maniobras jurídicas en  una sentencia que beneficia a los vecinos, y Ruiz Boix como alcalde de  San Roque defienda el interés de éstos”.
Según el abogado citado anteriormente, el número de afectados por la anulación de las tarifas ronda los 5.000, pues incluye también usuarios de Guadiaro, Torreguadiaro y San Enrique. “Se calcula que puede ser bastante, porque 5.000 usuarios, por cinco años, con un 30 ó 40% de diferencia en el precio, es una cantidad importante”.

Pasos a seguir
El letrado Juan Carmona explicó a esta redacción que una vez que el Tribunal Supremo remita su fallo al Tribunal Superior  Justicia de Andalucía “pediremos la ejecución de la sentencia”.
La Comunidad de Propietarios de Apartamentos Playa y Casas del Río del Puerto de Sotogrande “podrá pedir directamente que se refacture y se devuelva o se compensen las facturas con las que se emitan a partir ahora en base a las antiguas tarifas que estaban en vigor antes de la implantación de las que se anulan por la sentencia”. Pero, además, el resto de usuarios y comunidades “podrán hacerlo individualmente o a través de la EUC”.
VIVA contactó ayer con uno de los abogados de Sotogrande SA y con la responsable de marketing, sin que hasta el momento la empresa haya emitido una valoración de la sentencia.

Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN