Zona Franca Cádiz

El Comité Ejecutivo de Zona Franca rechaza por extemporánea la petición de Osuna derivada de los casos Rilco y Quality

Ramos ya adelantó el pasado 5 de junio esta decisión, ahora basada en informes jurídicos y económicos al respecto

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El Pleno de la Zona Franca de Cádiz, celebrado el pasado día 21, conoció la decisión adoptada por su Comité Ejecutivo de rechazar las peticiones formuladas por el ex delegado Sr. Osuna y derivadas de los casos Rilco y Quality.

Zona Franca, ante los dos escritos presentados por el ex delegado, planteó informes a la Abogacía General del Estado, como asimismo al Área de Explotación y en virtud de los mismos se mantuvo como posición: Que no era aplicable ni asumible por extemporánea la mencionada pretensión, habida cuenta que son procesos o en marcha o recurridos y por tanto no firmes; así como se requiriese a la compañía de seguros la existencia o no de póliza de cobertura a tal finalidad, teniendo conocimiento que la mencionada póliza, aunque anunciada en un Pleno en 2004, nunca llegó a suscribirse bajo su mandato, y sí en cambio por el delegado que lo sucedió en el cargo que la suscribió en noviembre de 2011 (3 meses antes de dejar el cargo).

Ya el pasado 5 de junio, el actual delegado afirmaba en una nota de prensa: “En cualquier caso, manifiesta Ramos, parece que olvidamos que el caso RILCO está en fase de recurso ante el Tribunal Supremo, tanto en la vía penal, como en la de la responsabilidad contable, por lo que  difícilmente es extrapolable el aventurar en este momento procesal una decisión basada en la legalidad sobre un procedimiento que permanece abierto ante instancias judiciales”.

Al haber sido remitidas las peticiones del ex delegado aludidas al Comité Ejecutivo de la Zona Franca de Cádiz, y no a la persona del delegado del Estado, éste optó a llevar la decisión a adoptar al seno del Comité Ejecutivo para que sus miembros supiesen y tuviesen conocimiento del mismo, a la vez que adoptar la decisión que correspondiese, hecho éste que justifica plenamente, en base a lo  manifestado por los servicios jurídicos en relación a la Ley de Protección de Datos, el que no se remitiese la mencionada información hasta tanto en cuento no la conociese el Órgano y siempre y cuando quedasen perfectamente protegidos los derechos que precisamente contempla la mencionada Ley de Protección de Datos.

Una vez sustanciado su conocimiento y la decisión adoptada por el Comité Ejecutivo, informado también el Pleno, procede en consecuencia remitir la información, previa aceptación de los términos contemplados en la Ley de Protección de Datos, al vocal del PSOE que la tiene solicitada, hecho éste que se le comunicará de acuerdo con lo que se expresó personalmente en el Pleno al que asistió, en las próximas 48 horas.

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