El tiempo en: Andalucía
Martes 19/03/2024  

Andalucía

La Junta impuso en 2014 un total de 182 sanciones por intrusismo en el sector del taxi, un 30% más que el anterior

Hasta ahora la retención se mantenía únicamente hasta el momento en el que los viajeros abandonaban el vehículo, lo que en la práctica convertía la medida en ineficaz, ya que los taxis pirata podían seguir la marcha tras ser multados y cargar nuevos pasajeros

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
  • Taxis, en una parada -

La Consejería de Fomento y  Vivienda ha tramitado durante el pasado año en Andalucía un total de 182 sanciones por intrusismo tanto por taxis piratas como por ofertar y publicitar este tipo de servicios irregulares, lo que supone un 30 por ciento más que en el ejercicio anterior.

   En concreto, según detalla la Administración andaluza en una nota, tramitó 170 expedientes sancionadores a taxis piratas por prestar servicios ilegales de transporte público de viajeros mediante vehículos sin autorización, cifra que se vio incrementada con doce procedimientos más por ofertar y publicitar este tipo de servicios irregulares por diferentes vías,

   Por provincias, Cádiz es la que registró en 2014 un mayor número de sanciones, con un total de 91; seguida de Málaga, con 48 expedientes tramitados y Almería, con 23. A continuación, se sitúan Granada con siete infracciones castigadas, Sevilla con seis, Huelva con cuatro, Córdoba con dos procedimientos abiertos, y Jaén con uno.

   De acuerdo con la normativa vigente, el importe de las multas por transporte ilegal de viajeros oscila entre los 1.380 y los 2.760 euros, teniendo en cuenta aspectos como la reincidencia, la especial gravedad de la infracción, la magnitud del beneficio ilícitamente obtenido, el perjuicio causado o la repercusión social.

   En este caso, las infracciones se han castigado con 1.380,01 euros cada una, y desde el 31 de diciembre de 2014, este tipo de sanciones va acompañado, además, de la inmovilización del vehículo infractor hasta el abono de dicha cuantía. Esta medida se recoge en el reciente Decreto Ley 17/2014 para la adopción de medidas de control del transporte público discrecional de viajeros en vehículos turismo aprobado por Consejo de Gobierno y que supone una modificación del marco normativo existente --la Ley de Ordenación de los Transportes Urbanos y Metropolitanos de Viajeros-- para reforzar el control del intrusismo en el taxi.

   La iniciativa, que responde a una reivindicación planteada por el propio sector, permite articular medidas más ágiles y eficaces como es el caso de la inmovilización en el acto del vehículo infractor para permitir a las fuerzas de seguridad prolongar la retención hasta el abono de la correspondiente sanción o la prestación de una garantía de pago (caución) por una entidad autorizada.

   Hasta ahora la retención se mantenía únicamente hasta el momento en el que los viajeros abandonaban el vehículo, lo que en la práctica convertía la medida en ineficaz, ya que los taxis pirata podían seguir la marcha tras ser multados y cargar nuevos pasajeros.

   Este cambio normativo mejora así la cobertura legal de la actuación de los cuerpos y fuerzas de seguridad contra este fenómeno y tiene especial repercusión en el caso de las policías locales, ya que el 90 por ciento de los servicios ilegales de transporte se prestan sin salir de los términos municipales.

   Con el fin de proteger al usuario, el decreto establece que será responsabilidad del denunciado buscar los medios alternativos necesarios para que los viajeros lleguen a su destino. De no hacerlo, dichos medios podrán ser establecidos por la Administración, si bien los gastos serán en todo caso de cuenta del denunciado, cuyo vehículo podrá ser retenido de nuevo en el caso de negarse a abonarlos.

   El intrusismo en el sector del taxi tiene un doble perjuicio, ya que, por un lado, afecta a la seguridad vial y coloca al consumidor en una situación de desprotección e indefensión; y por otro, supone un grave menoscabo económico para los profesionales que prestan este servicio de transporte de forma regulada y de acuerdo a la normativa.

   En ese sentido, los vehículos ilegales de transporte de viajeros no se ven sujetos a ningún control y sus conductores pueden no contar siquiera con el carnet de conducir, mientras que un taxi oficial ha de someterse a una revisión anual mucho más exigente que la ITV rutinaria, con un conductor que ha de superar pruebas de capacitación y renovar su licencia también con una periodicidad anual. Además, en caso de siniestro en un taxi pirata, los usuarios no pueden beneficiarse de la cobertura del seguro obligatorio del automóvil.

Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN