Andalucía

Declaran improcedentes 16 despidos de monitores educativos

El juez ve la acción de la Junta como si tras abolir la esclavitud \"se exigiera título de Ingeniero Agrónomo para poder recoger algodón\"

Publicidad AiPublicidad Ai

Los Juzgados de lo Social números 1 y 2 de Córdoba han emitido sentencias parcialmente estimatorias respecto a las demandas de 16 monitores administrativos de centros docentes andaluces afectados tras el anuncio de la Junta de Andalucía de asumir por medio de una oferta de empleo público sus funciones.

   En concreto, los fallos, consultados por Europa Press, declaran la improcedencia del despido de estos monitores, ejecutado con fecha 15 de noviembre de 2013, así como la existencia de una cesión "ilegal" de trabajadores y el derecho de los afectados a adquirir la condición de empleados indefinidos discontinuos a tiempo parcial de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, que debe ahora readmitirlos, con abono de salarios de tramitación, o indemnizarles.

   Estas sentencias se producen tras la celebración de los primeros juicios contra la Consejería, el Ente Público de Infraestructuras y Servicios (ISE) de la misma y las empresas concesionarias del servicio de apoyo administrativo de los centros de Educación Infantil y Primaria en la provincia de Córdoba, por este caso: las siguientes vistas están programadas en las provincias de Cádiz --22 de abril, con los intereses en juego de 34 de estos monitores-- y, de nuevo, Córdoba --23 y 29 de abril--.

   En los fundamentos jurídicos, el magistrado se pronuncia sobre las irregularidades detectadas en su momento por la Junta de Andalucía en la gestión de estas empresas, lo que le valió para finalizar el contrato con las mismas y abrir un procedimiento de oferta pública de empleo, señalando que el colectivo ha desarrollado su trabajo "en unas condiciones de precariedad que deberían avergonzar a una clase política que hace apenas dos años, cuando se empezó a hablar de la posibilidad de instaurar en España lo que en Alemania se conocía como 'minijob', lo rechazó alegando que ese tipo de contratación no es propia de nuestro país y que jamás se aceptaría".

LOS CONTRATOS DE LOS MONITORES, 'MINIJOB'

   "Parece ser que no estaban enterados de lo que estaba sucediendo con este colectivo, pues si los contratos que tenían no eran 'minijob', este juzgador no entiende a qué tipo de contratos reservaríamos dicha denominación", llega a asegurar el juez.

   Respecto a las peticiones de titulación de la Junta a la hora de presentarse a la oferta de empleo público, mantiene el juzgado que "sería como si cuando Lincoln suprimió la esclavitud en los Estados del Sur, tras acabar la Guerra de Secesión, al tiempo de liberar a los esclavos les exigiera titulación de Ingeniero Agrónomo para poder recoger el algodón; los esclavos finalmente serían libres, pero no tendrían qué comer".

   Para el magistrado, en este caso se ha dado una cesión ilegal de mano de obra al tratarse de una mera puesta a disposición de los trabajadores de las empresas cedentes a la cesionaria, con una "maniobra de ingeniería" en la que "ganaba la Consejería en tranquilidad y eficacia, ganaba la empresa adjudicataria unos pingües beneficios y perdían los trabajadores, que veían cómo cobraban casi la mitad de lo que cobrarían de depender directamente de la Consejería; y aún así, en un ejercicio de estoicismo que solo puede entenderse en el contexto de crisis en el que nos hallamos, trabajaron y callaron hasta el año 2013, cuando empezaron a ni siquiera cobrar con puntualidad".

   Asimismo, se incide en una reacción "tardía, torpe e injusta" del departamento que dirige Luciano Alonso frente a una situación que la misma Junta califica de "explotación" y ante la cual la administración autonómica "no podía seguir mirando hacia otro lado".

Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN