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SEVILLA | SUCESOS

Condenado a 14 años por violar de manera continuada a su hija de seis años tras morir su mujer

E. P.
13/07/2012 19:42

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 14 años de cárcel y al pago de una indemnización de 25.000 euros a un hombre por violar de manera continuada a su hija de seis años de edad en Utrera tras fallecer su mujer, actos a los que la menor accedía "ante el temor que el procesado le infundía al amedrentarla con golpes".

   En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Primera de la Audiencia Provincial considera probado que el acusado, J.F.C., cometió las violaciones entre el 6 de enero de 2005, cuando falleció su mujer, y el 23 de enero del mismo año, fecha en la que la menor se trasladó a residir al domicilio de sus tíos en Baena (Córdoba), así como "en otros muchos días" con anterioridad al fallecimiento de su esposa.

   De este modo, "guiado por el ánimo de satisfacer sus libidinosos deseos y aprovechándose de la relación paternal que tenía sobre su hija", así como de la ausencia de personas mayores de edad en el domicilio familiar donde vivía con la víctima y otros tres hijos de 12, 11 y 9 años de edad, el acusado sometió a su hija "a diversas prácticas de naturaleza sexual al menos en tres ocasiones durante el citado periodo de tiempo".

AMENAZABA CON PEGARLE

   Así, el imputado aprovechó que se encontraba acostado de noche en la misma cama de su habitación junto con su hija para tocarle los pechos y obligarle a que le masturbara, "prácticas que la menor consentía ante el temor que el procesado le infundía al amedrentarla con pegarle".

   En otras ocasiones, el imputado, "aprovechando que su mujer no se encontraba en el domicilio familiar y también aprovechándose de la relación paternal que tenía sobre su hija, se metió dentro de la cama donde ésta se encontraba acostada y le introdujo uno de sus dedos en la vagina de la misma, amedrentándole con pegarle si contaba lo sucedido".

   La Audiencia Provincial considera probados tales hechos por la propia declaración de la menor, "que nos ha impresionado subjetivamente como sincero y creíble, sin que hayamos encontrado causa alguna por la que la víctima pudiera haber prestado contra su padre un testimonio falso de la trascendencia y gravedad del que hemos oído en el juicio".

EL TESTIMONIO DE LA MENOR, "CLARO Y COHERENTE"

   Así, subraya que el testimonio de la menor "ha sido claro, preciso, coherente y persistente a lo largo del proceso, en la medida en que puede serlo teniendo en cuenta que la menor contaba con seis años cuando ocurrieron los hechos y declaró ante la Guardia Civil; siete años cuando declaró ante el Juzgado de Instrucción, y 14 años cuando ha declarado en el juicio".

   Además, "no ha existido antes de lo sucedido causa alguna de inquina ni malas relaciones que hubieran podido llevar a la víctima a imputar falsamente a su padre unos hechos como los que cuenta". "La menor no ha eludido ninguna respuesta y su relato ha sido detallado y no tenía viso alguno de ser aprendido", señalan los magistrados.

   Así, "no se ha apreciado contradicción, salvo, claro está, los inevitables matices o pequeños episodios que unas veces se recuerda, otras se reelaboran y otras se desvanecen", a lo que se suma que su relato "ha sido objetivo y narrado en un tono general contenido, que dejaba patente que no quería añadir elementos incidentales desfavorables para el acusado".

"PLENA CREDIBILIDAD"

   "En suma, los hechos que declaramos probados lo han sido sobre la base de una prueba de cargo directa, válida y practicada con todas las garantías procesales, consistente en un testimonio que no has ofrecido plena credibilidad, que encuentra corroboración en otras pruebas y respecto del cual no encontramos motivo alguno que nos haga pensar que haya podido ser prestado con otras miras que las de contar la realidad de lo sucedido", dicen.

   Respecto a la pena a imponer, la Audiencia lo condena a 14 años de cárcel por la gravedad de los hechos, la reiteración de los mismos, y la escasa edad de la menor cuando fue víctima de ellos, "con el consiguiente impacto psicológico que le ha supuesto en el normal desarrollo de su personalidad".

   Asimismo, lo condena a pagar una indemnización de 25.000 euros, aunque "los daños morales ocasionados por abusos y agresiones sexuales continuadas sobre una hija desde edades muy tempranas son imposibles de traducir a dinero"; le prohíbe aproximarse a menos de 500 metros de su hija durante un periodo de 20 años, y le inhabilita para ejerce la patria potestad durante seis años respecto a la víctima.

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