Almería

Concesionaria de agua de Almería indemnizará con 26.415 a particular por filtración

La resolución del CCA recoge que los daños en dicho inmueble se produjeron a partir de julio del 2013, así como que la propietaria de la vivienda presentó una reclamación al Ayuntamiento de Almería el 2 de agosto de dicho año, dentro del plazo legalmente establecido para ello

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El Consejo Consultivo de Andalucía (CCA) ha determinado que la empresa concesionaria del servicio de agua del Ayuntamiento de Almería deberá indemnizar con 26.415,015 euros a la propietaria de una vivienda que sufrió daños debido a una filtración derivada de una rotura en la red de abastecimiento.

La resolución del CCA, consultada por Efe, recoge que los daños en dicho inmueble se produjeron a partir de julio del 2013, así como que la propietaria de la vivienda presentó una reclamación al Ayuntamiento de Almería el 2 de agosto de dicho año, dentro del plazo legalmente establecido para ello.

Asimismo, el CCA recuerda que la administración local ha "superado" el plazo establecido para resolver y notificar una resolución, que es de seis meses; que se ha comunicado a la reclamante el plazo para dictar la resolución y para su notificación, y los efectos del silencio administrativo, pero "tal comunicación no se ha realizado en el plazo de diez días hábiles".

"Realizadas las consideraciones que preceden, ha de afirmarse que la reclamante ha sufrido un daño efectivo, individualizado, económicamente evaluable, antijurídico e imputable a la administración contra la que se reclama, al atribuirse a la existencia de una fuga de agua en la red de abastecimiento municipal de agua", asegura este órgano.

Además, el CCA señala que los informes del arquitecto y del ingeniero municipales, de 11 de septiembre y 20 de octubre del 2014, respectivamente, "resulta en efecto que tal filtración tuvo lugar y que la misma ha producido daños en el inmueble del interesado" y que "por tanto, debe afirmarse la existencia de relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio y el daño producido".

En este sentido, indica que aunque el informe del arquitecto reconoce que "la calidad constructiva de la vivienda y de su sistema estructural no era buena" también lleva a considerar "razonablemente que algunos daños pueden tener su origen o se han agravado como consecuencia de patologías constructivas".

"No existen en el expediente elementos que permitan delimitar el real juego de cada uno de los factores (filtración, defectos constructivos) que han tenido influencia y todo apunta a que ello no será posible", añade.

Por ello, el CCA considera "prudente y razonable" estimar que el alcance de la responsabilidad patrimonial solo puede llegar hasta el 50 por ciento de la indemnización solicitada, que era de 52.830,03 euros, fijando una indemnización final de 26.415,015 euros, que habrá de abonar la empresa concesionaria.

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